Nueva obligación para contratantes: pago directo de seguridad social a contratistas será obligatorio desde el 1 de julio de 2025

Por: Andres Barahona

A partir del 1 de julio de 2025, entrará en vigencia una medida clave establecida en la Ley 2381 de 2024, que transformará la forma en que se gestionan los aportes a seguridad social de los contratistas independientes en Colombia.

¿Qué cambia con la nueva normativa?

Hasta ahora, los contratistas debían asumir por cuenta propia el pago de sus aportes mensuales a salud, pensión y riesgos laborales. Sin embargo, con la entrada en vigencia de esta nueva medida, será el contratante (empresa privada o entidad pública) quien deberá realizar directamente estos pagos, reteniendo el valor correspondiente del contrato.

Principales implicaciones del nuevo modelo

  • El contratista ya no realizará pagos directos a seguridad social.
  • El contratante asumirá la responsabilidad del pago oportuno y completo.
  • La medida aplica tanto para el sector público como privado.

Este cambio busca reducir la evasión de aportes, garantizar la protección social de los trabajadores independientes y fortalecer el sistema de seguridad social en Colombia.

Obligaciones para los contratantes

Los contratantes deberán prepararse para cumplir con esta nueva responsabilidad, implementando ajustes administrativos y contractuales:

  • Incluir en los contratos cláusulas que autoricen la retención y pago de aportes a seguridad social.
  • Coordinar internamente con las áreas contables y de talento humano.
  • Garantizar el pago oportuno y por el valor correcto, evitando sanciones.

Responsabilidades que mantienen los contratistas

Aunque el contratante realiza los pagos, el contratista sigue siendo responsable de:

  • Reportar correctamente su Ingreso Base de Cotización (IBC).
  • Suministrar al contratante la información necesaria para el cálculo de los aportes.

Sanciones por incumplimiento

El no cumplimiento de esta obligación podrá ser considerado como evasión o elusión de aportes, generando consecuencias legales:

  • Multas impuestas por la UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales).
  • Fiscalizaciones y requerimientos formales.
  • Intereses moratorios por aportes no realizados a tiempo.

Prepárate para el cambio. En Ecovis Legal Colombia te acompañamos en la transición hacia este nuevo esquema de cumplimiento.